Como muy poca gente sabe, hay una ordenanza municipal todavía vigente
que establece que todos los días del año entre las veintidós horas y las
cinco de la mañana, los colectiveros a requerimiento de los pasajeros
deberán permitir el ascenso o descenso del medio de transporte en todas
las esquinas.
Esta ordenanza -la Nº23.583- también establece que los días de lluvia en
cualquier horario también deberá detenerse en todas las esquinas para
permitir el ingreso o egreso de los pasajeros.
Además esta obligación incluye la exhibición de un cartel en lugar
visible de la cabina de pasajeros avisando de este derecho que les
asiste a los viajantes
Todas las líneas que circulan dentro del ámbito metropolitano están
obligados y además están controlados por el Ente Regulador de los
Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires. Las empresas
propietarias de las líneas de colectivos que no posean dicho cartel,
pueden dirigirse al citado organismo de control que facilitará los
carteles.
Según una encuesta realizada por el Ente Regulador de la Ciudad a fines
del año pasado, el 62 por ciento de los porteños ignora su derecho a
pedir la detención en cualquier esquina entre las diez de la noche y las
cinco de la mañana y un 49 por ciento no sabe que también puede
solicitar esa posibilidad los días de lluvia.
Ahora que nos enteramos de este derecho también nos
imaginamos las escenas que pueden producirse en el colectivo al efectuar
esta solicitud al chofer. Supongamos que el chofer no quiera parar.
Entonces llevamos impreso este artículo de CiudadBaires.com.ar y le comentamos el número de
la ordenanza. Si el chofer se resiste a creernos podemos mostrarle el
recorte de papel. Si aún así la situación se torna incómoda, no discuta
con el chofer ya que es él quien tiene el acelerador bajo su pie cuando
usted se está bajando. Simplemente, hágase el distraído y al bajar tome
la patente del vehículo, el número de interno y con esos datos y el
boleto diríjase al Ente Regulador para avisar de esta trasgresión. |