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Ciudad Baires | ||
Dónde están las placas enlozadas del subte A? |
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061020 |
Ciudad de Buenos Aires - Argentina |
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Dónde están las placas enlozadas del subte A? 20-octubre-2006.- Las placas enlozadas ubicadas en la Línea A del Subterráneo, entre la estaciones Plaza Miserere y Primera Junta, que informan sobre el nombre de las estaciones y decoran sus instalaciones que forman parte de este entorno declarado Monumento Histórico Nacional por Decreto 437/97 del P.E.N., del Patrimonio Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (PCCABA), en virtud de los alcances de la Ley 1227, y se encuentran dentro del Área de Protección Histórica Nº 1. Dichas placas son parte indisoluble del diseño y del equipamiento de las estaciones de la primera línea de subterráneos construida en toda América Latina, y entre las primeras seis del mundo. Son parte integral de una concepción señalética e informativa precursora que utilizaba diversos colores y grafismos para facilitar la comunicación entre los inmigrantes que hablaban diversas lenguas. El retiro de dichos elementos constituye un despojo y destrucción de un entorno patrimonial violatoria de la normativa vigente, más aún si para realizar esa tarea no han tomado intervención los organismos competentes tanto de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como del Poder Ejecutivo Nacional, y que tienen la responsabilidad de autorizar cualquier tipo de intervención sobre bienes que forman parte del patrimonio histórico. Por todo lo expuesto, y en virtud de la gravedad que constituye la destrucción de un entorno patrimonial como el referido, solicitamos se apruebe el presente proyecto de Resolución. PROYECTO DE RESOLUCIÓN 0497-D-2006 Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará dentro de los diez (10) días hábiles de recibida la presente sobre los siguientes puntos referentes a las Estaciones de Subte de la Línea A desde Plaza de Mayo a Primera Junta, declaradas Monumento Histórico Nacional por Decreto del P.E.N. 437/97, e incorporadas al Patrimonio Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según lo dispuesto por la Ley 1227: Indicar si ha autorizado a la empresa Metrovías S.A. a retirar las placas enlozadas originales que informan el nombre de cada estación y a efectuar su reemplazo por carteles plásticos. En caso de haber autorizado dicha medida, si han tomado intervención la Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos, en los términos de la Ley Nacional Nº 12.665, la Secretaria de Cultura y la Secretaría de Planeamiento Urbano del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según lo dispuesto por la Ley 1227. En caso de no haber autorizado el retiro de las citadas placas, si ha intimado a la empresa Metrovías S.A. a proceder a remediar el despojo exigiendo la restitución de las placas originales a la mayor brevedad posible, para asegurar la preservación integral del entorno y del conjunto. Si la empresa no ha respondido la intimación o no ha cumplido con la misma, si ha iniciado las acciones administrativas o legales necesarias para garantizar la preservación de estos elementos que constituyen el Patrimonio Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según los dispuesto por el Art. 32º de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires. Art. 2°.- Comuníquese, etc.
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